¿Puede unx funcionarix calentar las redes mientras es funcionarix públicx?
El chisme se sirve en bandeja de plata y con encaje: ¿puede unx empleadx públicx, tener un perfil en OnlyFans? Contraloría General de la República, en gran un acto de malabarismo, se lavó las manos y le tiró la papa caliente a las jefaturas de cada servicio que ha levantado dudas sobre el tema. Saquen las cabritas y pónganse cómodxs, porque este culebrón está para maratón.
¡Y cómo no! Si la doble vida de algunxs funcionarixs ha dejado a más de un jefecito con el ojo tiritón y a las viejas copuchentas del pasillo con material para pelar hasta el fin de los tiempos. ¿Se imaginan ustedes a alguien del mesón de informaciones, mostrándolo todo por unos buenos dólares en la web?
Lo cierto es que, nos guste o no, el tema está sobre la mesa. Contraloría General de la República, a través de su dictamen E27402N25, publicado en 1998, ha dicho que “compete a la autoridad con potestad disciplinaria determinar si la conducta que se indica constituye o no una eventual infracción de una obligación funcionaria”. En buen chileno, cada servicio puede rascarse con sus propios dientes y dar una respuesta resolutiva a quien sea denunciadx de empelotarse por la web, además, las situaciones “deben ser ponderadas caso a caso por la autoridad”, teniendo en cuenta “el cargo que ocupa la persona funcionaria y el organismo público en el cual se desempeña”.
Claro que los defensores de la moral y las buenas costumbres se aferran al artículo 55 del Estatuto Administrativo, que exige una “vida social acorde con la dignidad del cargo”. ¡Pero, un momento! Que no panda el cúnico, el mismo órgano contralor, en su dictamen 011964N98, publicado en 2025, aclara que “el estatuto administrativo no se refiere ni norma la conducta estrictamente privada de los funcionarios públicos, ni los efectos que este comportamiento pudiera tener en su vida individual o familiar, salvo cuando se trate de conductas que afecten o trasciendan a la vida social y entren a comprometer el prestigio del servicio”.

Y aquí es donde empezamos a calentar realmente los motores porque hay un tercer dictamen 052541N12, de 2012, donde se establece que sí se puede “sancionar una conducta privada si es que afecta el prestigio de la institución o faltar la lealtad”. Lo que se opone al dictamen E27402N25, que recuerda lo que dice el artículo 56, de la ley N° 18.575: “todos los funcionarios tendrán derecho a ejercer libremente cualquier profesión, industria, comercio u oficio conciliable con su posición en la Administración del Estado, siempre que con ello no se perturbe el fiel y oportuno cumplimiento de sus deberes funcionarios”. La única condición es que estas actividades se desarrollen “siempre fuera de la jornada de trabajo y con recursos privados”, pero niña, ¿qué más privado que el propio cuerpo?
Como si lo anterior fuera poco, hace un par de años atrás Contralorito también metió las narices en el asunto, según consigna Cooperativa, el diálogo fue así:
“Sebastián: ¿Crees que un funcionario/a pueda tener Onlyfans? Cuéntanos tu percepción y te contamos para dónde va la respuesta”. A lo que el periodista respondió que no debería haber problema mientras no se usen recursos públicos “o su calidad de funcionarios para derivar a los compradores a su perfil” (5 de enero, 2021)


¿Qué dicen lxs trabajadores sexuales al respecto?
La verdad es que, al parecer, el trabajo sexual (t.s) es bastante abundante en el mundo de los oficios o profesiones, tanto públicos como privado. El Sindicato Independiente Angela Lina (SIAL) sacó la voz: “Existen trabajadoras sexuales del área de la salud, del derecho, en las ciencias sociales y hasta en la policía, porque muchas mujeres y hombres han entrado al trabajo sexual para financiar sus estudios en otras áreas, siendo un secreto para la mayoría”. Desde el sindicato denuncian la constante censura y la violencia que sufren, porque “constantemente nos quieren sacar del medio, en muchos sentidos”.
La pregunta, entonces, sigue flotando en el aire: ¿quién tiene la autoridad para juzgar la vida privada de unx funcionarix publicx? Y, ¿hasta dónde llega el poder del Estado para meterse en las cuentas de OnlyFans de sus funcionarixs?, ¿cómo podrían descubrirles si las cuentas son cerradas? El debate está lejos de terminar y mientras algunxs se rasgan las vestiduras, otrxs, más audaces y empoderadxs, siguen facturando y demostrando que la dignidad no se mide en centímetros de tela.
¡La trama se pone cada vez más buena! Entre la doble vida de los funcionarios y el ojo vigilante de Contraloría, las noticias vuelan por los pasillos del Estado, que sigue sumando capítulos dignos de un guion de Netflix y se aleja completamente de ser una institución ejemplificadora. Una ex funcionaria del ámbito de la educación, que prefiere mantenerse anónima nos contó su experiencia: “Revisé las normativas y solo indicaban que uno debía tener una vida privada acorde a la ética del cargo. Pero, ¿cuáles eran los lineamientos éticos? En mi trabajo sabían que hacía contenido erótico y nunca me dijeron nada, solo me miraban con otros ojos”. Así, trabajó 7 años en esta institución, mientras facturaba en privado a sus sumisos.
Para ella, la clave no está en lo que una persona haga con su cuerpo, sino en su probidad. “Mi vida personal acorde al cargo no debe ser medida por lo que hago o no con mi cuerpo; debe considerarse si soy una delincuente, si estafo o realizo actos de corrupción”. La exfuncionaria, quien dejó su puesto en el sector público por otras oportunidades, lo resume sin anestesia: “Creo mucho más en la probidad de las putas que en la de los políticos”.

Así que, el debate está lejos de terminar. ¿Seguirán las jefaturas con el ojo tiritón? ¿O aceptarán que la dignidad de un funcionario se mide por su trabajo y no por su vida privada? La verdad es que, más allá de los memes, mientras algunos se aferran a la “vida social acorde con la dignidad del cargo”, la realidad es que el trabajo sexual en Chile está en una zona gris, sin regulación clara.
“La ambigüedad no es inocente: es una forma de violencia institucional”
La Fundación Margen lo ha dejado claro: “Chile no prohíbe expresamente el trabajo sexual, pero tampoco lo reconoce ni lo regula. Se penaliza el ejercicio colectivo en espacios privados, se sanciona por infracciones a reglamentos de policía y se condiciona a un registro sanitario voluntario que, en la práctica, estigmatiza. ¿El resultado? El Estado empuja el T.S. a la clandestinidad. Lo tolera solo si es invisible”.
Una mirada a la regulación del Trabajo Sexual
En Chile no existe una regulación específica sobre este rubro, los límites que existen parecieran escritos cuando se creó esta pega… sí, son del Código Sanitario, que sólo sanciona la existencia de prostíbulos, no de putas, ni stripers, ni personas con Only Fans, así que cariño, pueden divertirse como les dé la gana porque este guión está recién comenzando. Desde Margen afirman: “todo lo demás queda librado al azar y a la interpretación. Una “zona gris” que permite abusos y violencia”.
Desde SIAL, explican que la regulaciones puede dejar varias zonas grises donde se perpetúe el abuso, porque sí, el abuso reina en el patriarcado y el problema es sistemático; más allá de si eres puta o solo te gusta tirar, siempre podrá llegar esa persona desgraciada. “En países donde se legalizado el trabajo sexual (sin una perspectiva de derechos), usualmente siguen existiendo vulneraciones a los derechos humanos de lxs trabajadorxs sexuales migrantes y pobres”. A lo que agregan la importancia de regularizar cuando se terceriza, ¡aquí sí ponen el grito en el cielo porque es realmente urgente! Para evitar el proxenetismo y otras tantas formas de violencias de este mundo.
Constantemente nos quieren sacarl medio, en muchos sentidos
Y, ¿qué pasa con quienes ya han sido despedidxs? Seguramente, como suele ocurrir en el mundo de las empresas, tuvieron que “reducir personal”, una cartita más de despido y así apagan la calentura de todxs lxs compañeros que expelían fuego al ver a su compañerx de Only Fans pasar con ropa ajustada o comerse un plátano mañanero. Y esto, como siempre es pura discriminación, “ha pasado siempre con trabajadoras sexuales presenciales”, explican desde SIAl, “y ahora también afecta a quienes realizan contenido virtual”.
El tema pareciera ser para la chacota y una humorada más, pero ¿qué pasa cuando se filtra información de una trabajadora sexual o se utiliza de forma no consentida? Desde nuestra querida Pamela Anderson, tenemos claro que el mundo entero prefiere omitir los derechos de privacidad de quienes ejercen el trabajo sexual. Si nuestra querida diva tuvo que hacer un documental explicando, imagínense qué podemos hacer desde este lado del mundo. ¿Y qué pasaría si además trabajar para el Estado?
“El temor a hablar de sexualidad con madurez política ha terminado por dejar sin resguardo a quienes más lo necesitan. Mientras el Estado siga ignorando el trabajo sexual y la pornografía, seguirá perpetuando la violencia, la precariedad y la hipocresía. No regular no es una postura neutral: es una forma de condena”, explican desde Magen, quienes además adhieren a la despenalización, algo que se buscan todxs lxs trabajadores sexuales.
